Con base en lo que dice nuestro sistema institucional de evaluación:
5. PROMOCIÓN ANTICIPADA:
Definición: La promoción anticipada es una alternativa para aquellos estudiantes que reúnan las condiciones de desarrollo cognitivo, personal y social y aspiran ser promovidos anticipadamente al grado siguiente. En respuesta a ello, es la Institución Educativa a través de la (las) comisión (es) que define los requisitos y procedimientos en el marco del SIEAPE (Art 7 Decreto 1290/2009).
5.1. PROCEDIMIENTO: Durante la segunda semana del primer periodo del año escolar, la comisión de evaluación y promoción, previo consentimiento de los padres o por solicitud de los mismos, recomendará ante el consejo académico la promoción anticipada al grado siguiente del estudiante que demuestre un rendimiento superior en el desarrollo cognitivo, personal y social en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. La decisión será consignada en el acta del consejo directivo y, si es positiva, en el registro escolar de valoración.
5.2. La Promoción Anticipada puede ser solicitada por padres, estudiantes o docentes, a través de una carta dirigida al rector, explicitando los motivos de la solicitud. Debe contener la firma del estudiante y acudiente.
5.3. Las valoraciones cuantitativas deben corresponder al nivel Básico (3.5) según la escala del SIAPE (art 7 SIAPE) en todas las áreas reprobadas en el año anterior. Esto para los estudiantes repitentes.
5.4. Los estudiantes regulares(los no repitentes), que soliciten promoción anticipada, deberán presentar el mismo proceso, pero en todas las áreas del currículo y obtener una nota Superior (4.6).
5.5. El consejo académico, podrán citar a los docentes que están orientando las actividades pedagógicas del estudiante para indagar en el caso, los cuales tendrán voz pero no voto.
6. PERFIL DEL ESTUDIANTE PARA SOLICITAR LA PROMOCIÓN ANTICIPADA:
El estudiante (regular: no repitente) que aspire ser promovido anticipadamente, además de registrar un desempeño básico en todas las áreas, debe cumplir los siguientes requisitos:
INSTITUCIÓN EDUCATIVA EL SALVADOR
Código: V1
ACUERDO SIAPE Página 19 de 38
Revisó: Líder del proceso Aprobó: Rector Versión: 03
6.1. Estar legalmente matriculado(a) en la Institución Educativa.
6.2. Carta motivada del educador, padre de familia o acudiente del estudiante, a más tardar la segunda semana del primer periodo del año escolar.
A partir del lunes 22 de febrero se empieza a recibir las solicitudes, hasta viernes 26. el día 1 de marzo iniciamos las pruebas y el día 5 de marzo tendremos comisión de evaluación para revisar resultados los cuales serán publicados el día 8 de marzo para continuar con el proceso de matricula de los estudiantes que sean promovidos

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